ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, como adeudo según lo señalado en la parte considerativa del presente acto administrativo, la deuda del año fiscal anterior correspondiente de la Orden de Servicio N° 438-2019 por el “SERVICIO DE DIFUSIÓN RADIAL Y TELEVISA PARA LA CAMPAÑA NO AL HURTO DE AGUA”, con registro SIAF N° 2267, a favor de PEÑALOZA CHÁVEZ TEÓFILO RENE, por el monto de S/. 500.00 soles (Quinientos con 00/100 soles), el cual será afectado a la Meta Presupuestal N° 010 “Administración de los Recursos Humanos y financiera y Materiales del PERPG” por la fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, especifica 2.6.81.43.